¿Sabías que si eres pensionado en Colombia y adquieres una propiedad nueva o usada en Barranquilla puedes ahorrarte 10 años de impuesto predial?
En este articulo te cuento como puedes obtener este beneficio y algunas preguntas frecuentes.
El Acuerdo 007 de 2021, sancionado por el alcalde Jaime Pumarejo Heins, en su artículo primero estableció que por diez años los pensionados que adquieran vivienda en Barranquilla no tendrán que pagar impuesto predial.
"La exención del 100% del impuesto predial unificado por diez (10) años a los predios residenciales nuevos o usados que sean adquiridos por personas naturales pensionadas que, previo a este acuerdo, no sean propietarias de otros predios en la ciudad"
¿Cómo funciona el programa?
A partir del 3 de agosto de 2021, los pensionados que adquieran vivienda en Barranquilla deben enviar a través de un oficio (de forma virtual o presencial) la solicitud para aplicar a la exención soportando con los documentos correspondientes que cumple con las condiciones para acceder al beneficio, el cual se aplicará a partir del año siguiente y hasta por 10 años.
¿Cuáles son los requisitos para acceder?
Tener condición de pensionado (certificado).
No ser propietario de otros predios en Barranquilla.
El predio que se adquiera debe ser de uso residencial exclusivamente.
El pensionado debe ser el adquiriente mayoritario.
¿Desde cuándo rige el beneficio?
Desde el 3 de agosto de 2021 está en vigencia el acuerdo.
¿Tiene un rango de edad?
No tiene rango de edad, la condición principal es ser pensionado.
¿Aplica algún rango salarial? No, la condición principal es ser pensionado.
¿Cuáles estratos se pueden acoger? Cualquier estrato, la condición principal es ser pensionado.
¿Aplica para cualquier tipo de vivienda nueva o usada? Aplica para vivienda nueva o usada, siempre y cuando sea un predio de uso exclusivamente residencial.
¿Si compro la vivienda para inversión también aplica el beneficio? ¿Debo vivir necesariamente en la vivienda?
Si la vivienda se compra para inversión no aplica el beneficio. Se debe vivir necesariamente en la vivienda y así demostrarlo.
Si estoy fuera del país o la ciudad, ¿también tendría este beneficio? El beneficio es para pensionados que adquieran vivienda en Barranquilla y la establezcan como su residencia permanente. Si vive fuera de la ciudad o del país no puede disfrutar del beneficio.
¿Qué tendría que pagar el jubilado a partir del año 11? Lo que corresponda a la liquidación del impuesto predial unificado de su inmueble cada año en adelante.
Si deseas encontrar una propiedad para ti en Barranquilla, contáctame para contarte del servicio de Representación de Compradores con el que podemos ayudarte.
Un saludo!
Diana
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